martes, 26 de enero de 2010

Se amplía el plazo para acogerse a la Ley de Memoria Histórica

Las personas cuyo padre o madre hubiese sido originariamente español y los nietos de quienes perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad como consecuencia del exilio dispondrán de 12 meses extra para solicitar la nacionalidad española. El gobierno español ha ampliado hasta el 27 de diciembre de 2011 el plazo para iniciar el trámite, pues los dos años iniciales que contemplaba la Ley de Memoria Histórica son insuficientes para la demanda que se ha generado.

La mayoría de solicitudes se han hecho hasta ahora provienen de América Latina. Muchos de los consulados han recibido personal extra para tramitar las peticiones, pero en países como Argentina y Cuba, donde hay mayor cantidad de personas con derecho a la nacionalidad, las listas de espera están desbordadas.

La prórroga de un año para optar a la nacionalidad española permitirá que se atiendan las solicitudes de cita ya presentadas que estaban pendientes de asignación de fecha, así como todas las solicitudes nuevas que se presenten y que no hubieran podido atenderse en el plazo original.

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martes, 19 de enero de 2010

Beca para españoles residentes en el exterior

¿Quieres una beca de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo? Pues hasta el día 29 de enero puedes pedirla, ya que es cuando finaliza el plazo de solicitud de estas becas que oferta la AECID en colaboración con el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, destinadas a ciudadanos españoles residentes en el exterior.

Esta oferta de formación educativa superior para ciudadanos españoles consiste en la realización de estudios en España y en el exterior y las plazas que se ofrecen son para el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2010 y el 31 de diciembre de 2011.

¿Qué gastos cubre?

El coste que implica la formación en universidades, centros y organismos de investigación extranjeros de titulados superiores españoles, teniendo por finalidad facilitar la formación en el ámbito de la cooperación para el desarrollo.

También se convocan becas de formación en el campo de la gestión y la cooperación cultural, como elemento estratégico y sectorial de la ayuda oficial española al desarrollo y como parte de la política cultural española con el exterior.

Capítulos

Los programas de Becas Maec-Aeci para ciudadanos españoles para el curso académico 2010-11 tienen por objeto la realización de estudios, cursos, estancias de formación e investigación en España y en el exterior, según los distintos programas de becas, agrupados por capítulos.

Si quieres conocer más sobre estas becas, consulta la información completa en CEXT
Si quieres consultar otras becas, entra en nuestra sección de Educación

jueves, 14 de enero de 2010

Leer.es, una iniciativa española para fomentar la lectura entre los jóvenes

La importancia que desde pequeño se le da a la lectura tanto en el colegio como en casa hace que el día de mañana seas un lector más ágil y con más gusto por los libros o por el contrario, te cueste más comprender un texto o incluso, te cueste abrir un libro y descubrir lo que te cuenta.

Quizá por eso, por fomentar la lectura y la dedicación por los libros nace la web www.leer.es. Es una página promovida por el Ministerio de Educación en colaboración con el Instituto Cervantes y la Real Academia de la Lengua para fomentar la lectura entre los jóvenes y también para que familiares y profesores tengan herramientas suficientes para llevar a cabo la educación en la lectura y sepan inculcar el gusto por leer.

Es una web muy interactiva con una estructura muy sencilla que se divide en estas tres secciones: 'leer es...', 'familiares' y ' docentes'. La primera área está dedicada a los jóvenes y trata de darles las herramientas suficientes para que lean y lean por gusto y afición y no por obligación. Por ejemplo, pueden escribir lo que una imagen les sugiere, una crónica sobre un acontecimiento o situación que hayan vivido o incluso participar en el blog de la web en el que se les recomienda libros entretenidos que pueden resultarles útiles para leer más y mejor.

En la sección dedicada a los padres dan el primer y más importante consejo: los hijos deben ver que sus padres leer porque, tan sólo por imitación y por ver que ellos lo hacen, sus hijos se pueden animar a leer.

Y los profesores también tienen su parte de implicación en esta página. Leer.es les proporciona materiales y recursos didácticos para ayudar a sus alumnos a que lean y a que comprendan mejor lo que leen.

Una iniciativa que te contamos de manera más extensa en CEXT (www.cext.es)
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lunes, 11 de enero de 2010

Consigue la nacionalidad española en 7 pasos


¿Eres descendiente de españoles y vives en el exterior? ¿Quieres conseguir la nacionalidad española y no sabes cómo? Desde CEXT queremos ayudarte y por eso hemos preparado esta guía que te ayudará a dar los 7 pasos básicos que necesitas dar para conseguir la nacionalidad ¡Esperamos que te sea útil!

1. Ten claro lo que implica conseguir la nacionalidad española:
Adquirir la nacionalidad española significa convertirse en ciudadano de España con plenos derechos y deberes. No sólo consiste en poder residir y trabajar libremente en el país como ocurre cuando se tiene la tarjeta de residencia permanente.

Al obtener la nacionalidad española adquieres los mismos derechos que tiene un español por nacimiento, es decir, podrás votar, presentarte a unas oposiciones, conseguir una beca o disfrutar de cualquiera de los beneficios a los que optan los nacidos en España.

2. Busca el grupo al que corresponde tu perfil:
Además de la nacionalidad española por origen, hay otras dos maneras principales de obtener la nacionalidad, que la legislación ha denominado ‘por opción’ y ‘por residencia’. Averigua a qué caso puedes acogerte:

Podrás ser español ‘por residencia’ si…
Has residido en España durante 10 años de forma legal y continuada.
El plazo de residencia se reduce a un año, entre otros casos, si has nacido fuera de España de padre, madre, abuelo o abuela nacidos también fuera siempre que cualquiera de ellos originariamente hubieran sido españoles.

Podrás ser español ‘por opción’ si…
- Tienes un padre o madre español que además haya nacido en España.
- Te acoges a los nuevos supuestos que contempla la Ley de Memoria Histórica:

a) Tu padre o madre es originariamente español, aunque no haya nacido en España
La ley española ya permitía optar por la nacionalidad española a las personas cuyo padre o madre hubiera sido originalmente español y nacido en España y la Ley de la memoria Histórica amplía la posibilidad de adquirir la nacionalidad española de origen a los hijos de padre o madre español de origen, aunque no hubiera nacido en España.

b) Tus abuelos perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del exilio. Incluye a las personas cuyo padre o madre nació después de que el abuelo o abuela exiliados perdiera la nacionalidad española. Por tanto, su ascendiente español más cercano es algún abuelo.

c) Las personas que ya optaron a la nacionalidad española no de origen. Aquellas personas que ya optaron a la nacionalidad española derivativa porque su padre o madre hubiera sido originariamente español y nacido en España, según el artículo 20.1 b) del Código Civil, pueden ahora optar además a la nacionalidad española de origen.

En estos tres casos, tendrás que presentar tu solicitud en el consulado de tu país antes del 29 de diciembre de 2010.

3. Comprueba si puedes iniciar el trámite tú mismo:
Puedes tramitar la solicitud para obtener la nacionalidad española si:
- Eres mayor de 18 años o estás emancipado
- Eres mayor de 14 años y estás asistido por un representante legal.
- Si no cumples estas características, un representante deberá encargarse del proceso.

4. Reúne los documentos necesarios:
Puede que este sea el paso más complicado, ya que no todas las solicitudes de nacionalidad necesitan acompañarse de los mismos documentos. En todos los casos debes rellenar un impreso oficial que puedes obtener en Internet (http://esede.mjusticia.es/), acudiendo al Ministerio de Justicia o solicitando a este organismo que la envíe por correo.

Además, lo habitual es que te pidan documentos que acrediten tu identidad, certificados de empadronamiento, nacimiento o filiación o justificantes que demuestren tu vinculación con España. No te pedirán los mismos documentos en todos los casos, así que te recomendamos que acudas al Registro Civil español, municipal o consular de tu domicilio para informarte.
En cualquier caso, si para obtener tu nacionalidad te acoges a alguno de los supuestos que plantea la ley de Memoria Histórica, deberás:

- Rellenar dos copias del modelo de solicitud que corresponda según el supuesto en el que estés incluido (Modelo I, Modelo II o Modelo III)
- Rellenar un Certificado de Nacimiento por vía electrónica o rellenar este formulario y presentarlo en el consulado junto con el modelo de solicitud.

Si al presentar tu solicitud de nacionalidad no acreditas los requisitos exigidos, tendrás treinta días naturales para completar tu documentación desde que se te requiera.

5. Entrega los documentos:
Cuando hayas reunido todos los documentos necesarios debes presentar tu solicitud en el Registro Civil español, municipal o consular correspondiente a tu domicilio.
El trámite, de momento, no se puede realizar de manera electrónica, aunque sí que se pueden descargar los documentos y formularios necesarios de Internet, de manera que simplemente haya que desplazarse para entregarlos.

6. Espera a que estudien tu solicitud:
Después de entregar tu solicitud en el Registro Civil éste enviará el expediente a la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil. Cuando reciban tu expediente te lo comunicarán por escrito, mediante una copia sellada que te será devuelta como justificante de presentación.

7. Y cuando consigas tu nacionalidad…también tendrás que realizar algunos trámites posteriores:
Cuando te comuniquen la concesión de la nacionalidad española debes inscribirte en el Registro Civil con un nombre y dos apellidos (el primero del padre y la madre). Si el procedimiento de concesión ha sido por residencia o por opción además tienes que:
- Jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes (para mayores de 14 años)
- Renunciar a la anterior nacionalidad salvo que puedas acogerte a los supuestos de doble nacionalidad.

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Guía del retorno joven

Completa guía editada por la Fundación Directa con el apoyo de la Dirección General de Ciudadanía Española en el Exterior para los españoles y descendientes de españoles que residen en el exterior y quieren regresar a España. Su objetivo es facilitar el establecimiento en España de la población joven española que “retorna” desde el extranjero.

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Guia del Retorno Joven



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